Escrito por OPINIÓN. Carlos Illán Ruiz. 25 de noviembre de 2018, domingo
"Una manifestación, concentración o marcha popular tiene como finalidad mostrar al resto de la sociedad que una parte significativa de la población está a favor o en contra de algo. Realmente, salvo casos tan escasos como puntuales, la gran mayoría de convocatorias no se corresponde con esa definición y en ocasiones hay casi más colectivos convocantes que personas alzando la voz en la calle. 










Veintiocho víctimas mortales se han producido desde el año 2003 como consecuencia de violencia de género en la Región de Murcia, asunto que ha generado 55.235 denuncias entre el año 2009 y el 30 junio de 2018.




El tribunal económico-administrativo de la Región de Murcia considera irregular el procedimiento llevado a cabo para obtener una revisión del valor que se fijó para determinar el impuesto de transmisiones patrimoniales en una parcela de Roldán, lo que supuso al propietario un desembolso de más de dos mil doscientos euros. La reclamación, que ha culminado tras un proceso de casi tres años, la ha llevado el letrado
El magistrado José Francisco López fija la condena de Daniel Jiménez, dentro de los parámetros marcados por el jurado popular, en casi dieciocho años de prisión como autor del asesinato en junio de 2016 de la joven cartagenera Cristina Iglesias en su domicilio de Los Olmos (Torre-Pacheco) en concurso con el delito de allanamiento de morada, no aplicándose atenuante alguna. Responsabilidad civil se fija en 180.000 euros para la madre y 120.000 para el padre.
La Asociación de Vecinos del Sector Estación informa que ha mantenido una reunión con el fiscal Migue de la Mata, quien les ha comunicado que ha comenzado la investigación sobre los hechos denunciados por el colectivo vecinal ante la posibilidad de que existan delitos contra la salud de las personas y sobre el medio ambiente. Las primeras gestiones han sido contactar con las unidades del Seprona de la Guardia Civil y solicitar muestras y análisis de las viviendas cercanas y de los terrenos de la rambla del Hondón.
El secretario general de Movimiento Ciudadano de Cartagena y portavoz del Grupo municipal, José López, ha valorado esta mañana la nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que desestima el recurso del ayuntamiento de Cartagena y confirma la condena a Ana Belén Castejón por la vulneración de los derechos fundamentales de los concejales de la formación cartagenerista en la Junta de Gobierno del 29 de diciembre de 2017, en relación a la tarifa del servicio de aguas.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo considera que la agravante de género debe aplicarse en todos los casos en que se actúe contra la mujer por el mero hecho de serlo, aunque entre el autor del delito y la víctima no exista ningún tipo de relación. Destacan que dicha agravante es compatible con la aplicación de la agravante de parentesco, que sí requiere que agresor y víctima tengan o hayan tenido relación de pareja.
Los agentes recuperaron en la tarde de este martes, en el Polígono Cabezo Beaza, un turismo que había sido sustraído. Hasta el lugar se desplazaron varios agentes tras observar que un vehículo presentaba modificaciones en la parte de la matrícula. Después de comprobar los datos del turismo, la Policía Local verificó que la matrícula correspondía a otro vehículo que se encontraba denunciado por robo.
Agentes de la Policía Local de Cartagena impidieron la ocupación de un inmueble que pretendía ser utilizado como punto de venta de estupefacientes.
La Policía Local, en colaboración con la dirección general de Tráfico, llevará a cabo del 26 al 29 de noviembre, una campaña especial de control de furgonetas. El riesgo en la conducción de furgonetas es mayor que en turismos, debido a la carga que transportan y a un menor equipamiento de seguridad activa y pasiva. Además, la sensación de seguridad por el mayor tamaño del vehículo, la menor velocidad y la elevación de la cabina hace que el número de distracciones sea mayor y el uso de cinturón de seguridad menor.
Cinco meses y quince días de prisión y el pago de una responsabilidad civil de 10.000 euros es la pena impuesta al administrador de una inmobiliaria por el juzgado de Lo Penal número 1 de Cartagena, en sentencia que ha confirmado la Audiencia Provincial. Los actos de acoso sexual tuvieron lugar en 2012 y en un primer momento la denuncia fue archivada por un juzgado, reabriéndose el caso tras el recurso presentado por su abogado, Ángel Bonete (en la foto adjunta), ante la Audiencia.















































